miércoles, 16 de mayo de 2012

Deberes y Derecho de los Alumnos




DEBERES Y DERECHOS DE LOS ALUMNOS

ARTÍCULO 13.- Son deberes de los alumnos:
1.     Asistir diaria y puntualmente a clase, las mismas se iniciarán a las 7:00 AM. Y finalizarán a las 12:00 PM. (Educación Primaria) y a las 1:00 PM (Educación Secundaria). en el turno de la mañana. En el turno de la tarde, comenzarán a la 1:00 PM. Y culminarán a las 6:00 PM. (Primaria) y a las 6:30 PM. (Educación Secundaria).

2.     Mantener una actitud de respeto, hablar en un tono moderado evitando gritos  y usando un vocabulario acorde a los principios morales y buenas costumbres para con el personal directivo, docente, administrativo y obrero del plantel, así como a sus compañeros, acorde con la consideración que se debe guardar a la dignidad humana. No utilizar expresiones vulgares, ordinarias y de doble sentido.

3.     Contribuir a mantener en todo momento el buen nombre de la institución, observando una conducta cónsona con su condición de alumno o alumna, absteniéndose de participar en actos contrarios a la disciplina, la moral, las buenas costumbres y el orden público, dentro y fuera de la misma.

4.     Entrar por el portón peatonal.

5.     Acatar y respetar las decisiones y orientaciones del personal Directivo y Docente del Plantel. 

6.     Al terminar la clase o en horas de recreo, los alumnos(as) deben esperar la indicación del Docente para salir organizadamente del aula, evitando las carreras.

7.     Cuidar de su presentación personal, del orden y aseo de sus útiles escolares y garantizando la prevención de su salud física.

8.     Los alumnos al utilizar el Comedor Escolar deben cumplir con la normativa establecida para su uso.

9.     Mantener el orden en la cantina: hacer la cola, no guardar puesto a otro compañero, ser pacientes y amables con el personal de la cantina.

10. Mantener en buen estado y pulcritud el traje escolar de uso diario y deportivo que le corresponda a su nivel de estudio. Para los alumnos de Educación Primaria es:
Niñas: Blusa blanca, falda azul a la rodilla, medias blancas y zapatos negros.
Niños: Pantalón azul, camisa blanca, correa negra y zapatos negros.
Para los alumnos de Educación Secundaria:
Hembras: Blusa celeste, falda azul a la rodilla, medias blancas y zapatos negros.
Varones: Pantalón azul, camisa celeste, correa negra y zapatos negros.
Traje deportivo para todos los estudiantes:
Mono azul oscuro, franela blanca y calzado deportivo negro.
Nota: Si usan franelilla por dentro de la camisa, esta debe ser blanca.

11. Mantener peinados acorde al contexto educativo, evitando el uso de peinados extravagantes, tintes llamativos y el exagerado uso de gelatina, cabello largo y trenzas, Así como también el uso de pulseras y cadenas exageradas o llamativas, prendas de valor, piercing, vandanas, lentes oscuros, cabellos parados (para los varones). 

12. Las alumnas se presentaran correctamente vestidas y aseadas: no se les aceptará Con piercing, tatuajes, pukas, gorras, uñas pintadas, maquillaje, collares de colores, prendas valiosas o llamativas, el cabello arreglado, sin tintes de colores fuertes., maquillaje, accesorios que no combinen con el uniforme, esmalte de colores fuertes.

13.  Mantener los celulares apagados y guardados durante las horas de clase. Sólo pueden encenderse en horas de recreo o en caso de emergencia  Así mismo el uso de juegos de video, MP3, I Pood u otros objetos tecnológicos, quedan prohibidos en horas de clase. La institución, incluido el personal Directivo, Docente, y obrero no se responsabiliza por la perdida o extravío de los mismos
.
14. Los morrales o bolsos utilizados por los alumnos(as) con carácter de obligatoriedad debe ser transparentes y serán objeto de revisión cuando las autoridades de la Institución lo consideren necesario,

15. El uso de balones o pelotas de goma sólo será en horas de Educación Física en presencia del docente.
16. Entregar a sus representantes las circulares y comunicaciones que les envíe la Dirección y devolver los volantes cuando se les solicite, igualmente informar sobre los resultados de la evaluación.

17. Portar la insignia cosida a la camisa o franela que les acredite como alumnos regulares del Plantel.

18. El carnet estudiantil debe ser portado en un lugar visible dentro y fuera del aula.

19. Respetar y rendir culto cívico a los símbolos de la Patria, al Libertador y a los demás valores de la venezolanidad.

20. Participar en el ceremonial para el acto solemne de izar y de arriar la Bandera Nacional y Estatal durante los días de labor, al igual que los días cívicos.

21. Los alumnos(as) pertenecientes a clubes y organizaciones estudiantiles deben tener permiso de la Dirección o Coordinación respectiva para ofrecer información sobre una actividad o asunto de interés estudiantil, esto con el fin de no interrumpir la clase.

22. Evitar la permanencia en las aulas sin autorización o presencia del docente.
23. Contribuir al mejoramiento, conservación y mantenimiento de los salones, dotaciones (pupitres, escritorios, sillas entre otros) y demás bienes del ámbito escolar, así como también en las adyacencias del Plantel.
24. Evitar entrar al salón de computación, laboratorio y biblioteca con comidas y bebidas.

25. Prohibido el porte o uso de instrumentos y/o sustancias que por su naturaleza representen riesgo a la integridad física de las personas (objetos cortantes, armas de fuego, sustancias explosivas, fósforos, bebidas alcohólicas, cigarrillos, tabaco, sustancias psicotrópicas o estimulantes, fuegos artificiales), tanto dentro como en las adyacencias del plantel.

26. Evitar visitas y conversaciones con personas ajenas a la institución dentro y en los alrededores del plantel.
27. Todo niño, niña y adolescente deberá esperar dentro de la institución a sus padres y/o representante, familiares o encargado de buscarlos.

28. Evitar la permanencia en las adyacencias del plantel cuando culmine la jornada escolar.
29. Todos los alumnos(as) deben respetar la propiedad privada, por tanto no podrán permanecer en las afueras del plantel, perturbando el orden público y/o faltando a las normas de urbanidad y buenas costumbres de los vecinos.

30. Ningún alumno(a) puede ausentarse del Plantel luego de haberse iniciados las actividades escolares.

31. Cuando un alumno(a) acumule un 5%  ó más de inasistencia, el representante será citado, se levantará acta dejando constancia de dicha situación.
Procedimientos para la aplicación del artículo 109 del Reglamento General de la Ley Orgánica de Educación:
32. Si a pesar de los esfuerzos en este sentido, los alumnos(as) acumulan el 75% de inasistencias en una asignatura, se citará el representante y en presencia del alumno(a) se levantará acta en la cual queda registrada la pérdida del año o la asignatura por inasistencia, que será firmada por el alumno(a), Representante, Coordinador del Departamento de Evaluación y el Director(a).

33. En caso de ausencia del Representante legal del alumno(a), después de tres citaciones, el Docente remite el caso a la Coordinación respectiva.

34. La Coordinación a través del Asesor Legal lleva el caso ante el Consejo de Protección del Niño, Niña y Adolescente.

35. En Educación Secundaria las asignaturas aplazadas por inasistencias no tienen derecho a pruebas de revisión en el mes de julio. Si aplaza una materia al final del año escolar, deberá volver a cursarla según el procedimiento de doble inscripción o materia pendiente que tiene reglamentado el Ministerio del Poder Popular para la Educación. Con dos o más asignaturas aplazadas al final del año escolar, debe repetir el año.
36.  Ningún niño, niña o adolescente podrá ausentarse de la Institución durante el horario de clases sin el debido permiso de la Coordinación respectiva. Dada la importancia de la asistencia para el rendimiento escolar, aun habiendo avisado las inasistencias deberán ser justificadas por el representante en forma escrita y entregada a la coordinación respectiva el día de la reincorporación. En todo caso la justificación no anula la inasistencia para los efectos de la aplicación del Artículo 109 del R.G.L.O.E.

37. Los pases especiales de salida: se darán cuando el alumno(a) presente problemas de salud y cuando el Representante solicite por escrito o personalmente la salida de su representado(a) en horas de clase. En caso de problemas de salud la Coordinación se comunicará con el Representante. Los pases de salida del alumno(a) de la Institución registrarán la hora y motivo de salida de la Institución, los cuales deberán ser devueltos, firmados por el Representante y la Coordinación respectiva.

38. El alumno(a) después de una suspensión, debe traer las tareas que se le asignaron durante el periodo de suspensión. 

39. Adoptar una actitud de compromiso frente a cada  asignatura de forma responsable, esforzándose por desarrollar todas sus capacidades y cumplir con todos los deberes escolares, entre ellos las evaluaciones, tareas, ejercicios y asignaciones.

40. Participar en las actividades de evaluación y asumir una actitud honesta que garantice la validez y confiabilidad de las mismas.

41. Abstenerse de comprar alimentos, bebidas y cualquier otro objeto a los vendedores ambulantes.

42. Los demás requisitos que les imponga la Ley, el Manual de Convivencia del Plantel y cualquier otra disposición emanada de las autoridades competentes y lo establecido en la L.O.P.N.N.A.

ARTÍCULO 14.- Son derechos de los alumnos:

1.     Conocer el Manual de Convivencia Escolar.

2.     Recibir atención acorde con su desarrollo biológico, psicológico, social, vocación, aptitudes, necesidades y aspiraciones ajustadas a los derechos que le confiere el Art. 6 de la Ley Orgánica de Educación. (Según lo establecido en la L.O.P.N.N.A. en sus Artículos 8º, 10º, 11º, 28º, 32º, y 32ª).

3.     Recibir educación con igualdad de oportunidades, conforme a los planes y programas de estudios vigentes.

4.     Ser inscritos por sus padres en el plantel educativo.

5.     Utilizar los servicios educativos existentes en el plantel para su formación, bienestar estudiantil y recreacional, tales como: Departamento de Psicopedagogía, Asesoría para la protección y defensa de los niños, niñas y adolescentes, biblioteca, cancha deportiva, laboratorio, servicio de Orientación.(Según lo establecido en la L.O.P.N.N.A. en su Art. 6).

6.     Hacer uso de los servicios de Biblioteca: a) utilizar todos los servicios que presta la Biblioteca, b) sugerir al personal bibliotecario la adquisición de nuevas obras, c) utilizar en la sala todos los Materiales Bibliográficos y no Bibliográficos, pudiéndose usar varios materiales al mismo tiempo por un lector, d) solicitar el préstamo al aula, en el horario de clase, de todos los materiales Bibliográficos y no bibliográficos, a excepción de las obras constituidas por más de un tomo, ejemplares únicos y algunas colecciones.
 
7.     Recibir una formación científica, humanística, deportiva, recreativa, artística y para el trabajo, que los capacite para la vida social, el trabajo productivo y la prosecución de estudios.

8.     En las inasistencias justificadas, el alumno(a) tiene el derecho de acordar con los docentes las oportunidades y mecanismos para la presentación de actividades evaluativas que fueron aplicadas durante su ausencia.

9.     Recibir educación de personas de reconocida moralidad y de idoneidad docente comprobada, conforme a los requisitos establecidos en la Ley Orgánica de Educación y lo establecido en la L.O.P.N.N.A.

10. Recibir un trato afable y respetuoso acorde con la consideración debida a la dignidad humana. (Según lo establecido en la L.O.P.N.N.A. en su Art. 32A).

11. Recibir atención educativa en el año escolar durante por lo menos 180 días hábiles y participar en el desarrollo de la totalidad de los objetivos programáticos previstos para cada área, asignatura o similar del plan de estudio correspondiente.

12. Se atendidos y escuchados justa y oportunamente por las autoridades educativas y por los organismos directivos de la comunidad educativa, cuando ante ellos concurren para formular planteamientos relacionados con sus estudios, derechos e intereses. (Según lo establecido en la L.O.P.N.N.A. en su Art. 80).

13. Ser atendidos en una planta física que cuente con las instalaciones para el adecuado desarrollo de las actividades educativas. (Según lo establecido en la L.O.P.N.N.A. en sus Artículos 53, párrafo 1 y 31).

14. Participar activa y efectivamente en la organización, promoción y realización de actividades de formación y difusión cultural, actos cívicos conmemorativos, clubes, deportivos y recreacionales, entre otras actividades que beneficien la comunidad y propicien las relaciones del plantel con su medio circundante. (Según lo establecido en la L.O.P.N.N.A. Art. 81).
15. Ser evaluados de conformidad con las disposiciones legales permitidas según la Ley Orgánica de Educación, el Manual de Convivencia y lo establecido en la L.O.P.N.N.A.

16. Recibir informes periódicos de evaluación acerca de su actuación en general.

17. Solicitar la reconsideración de los resultados de las actividades de evaluación ante las autoridades institucionales competentes (Educación Secundaria).

18. Recibir previo cumplimiento de los requisitos legales, la certificación de calificaciones, el certificado de Educación Básica y demás credenciales de carácter académico  que les correspondan
19. Promover y formar parte de asociaciones, clubes y otras organizaciones estudiantiles.

20. Todo alumno tiene derecho de conocer la planificación y programación de las actividades de evaluación que cumplirá el docente en cada lapso. (Según lo establecido en la L.O.P.N.N.A. en su Art. 55).

21. Los alumnos que por causa debidamente justificada no hubieren asistido a una o varias de las actividades de evaluación programadas, tendrá el derecho a cumplirlas en las fechas y oportunidades que el docente debería establecer a tal fin.
22. La participación de los alumnos, debidamente certificada, en competencias deportivas realizadas en instituciones oficiales y las actividades que realicen en entidades deportivas aficionadas, será credencial de merito para ajustar hasta dos puntos la calificación obtenida en cada lapso con la asignatura Educación Física y Deporte.

23. Los alumnos pueden obtener un reajuste de dos puntos máximo, cuando resultare aplazado en una sola asignatura, con la excepción de:
ü     Tener amonestaciones por indisciplina o incurrido en fallas que ameriten sanción.
ü     Haber sido ajustada la asignatura con anterioridad.

24. Los alumnos que presenten impedimentos físicos o psíquicos que les imposibiliten o limiten la realización de las actividades prácticas de Educación Física y Deportes, estarán exentos de recibir el régimen docente ordinario y serán sometidos a un régimen especial establecido por el docente respectivo, previo acuerdo del Consejo de Docentes y en función del dictamen médico.

25. La participación de los alumnos, debidamente certificada por el Director del plantel, en actividades culturales, científicas y artísticas que realicen durante el tiempo libre y que favorezcan al plantel o a la comunidad, será credencial de mérito para ajustar hasta en dos puntos las calificaciones obtenidas en cada lapso. En todo caso, este ajuste no podrá hacerse en más de dos asignaturas.

26. Reconocimiento para los alumnos(as):
a)    En Educación Primaria: Diploma de Aplicación, Aprovechamiento y Conducta.
b)    En Educación Secundaria: Diploma de “Honor al Mérito” a los alumnos(as) cuya nota sea de 15 puntos. “Mención Honorífica” cuya nota sea de 17 puntos. “Mención Excelencia” para las calificaciones de 19 y 20 puntos y Diploma especial para los que tengan 20 puntos en todas las asignaturas.

27. Cumplir con las disposiciones de las Normas de Convivencia del Plantel








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