miércoles, 16 de mayo de 2012

Deberes y Derecho de los Padres o Representantes









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LOS DEBERES Y DERECHOS DE LOS PADRES O REPRESENTANTES
ARTÍCULO 24.- Son deberes de los padres y representantes:
1.     Cumplir con la obligatoriedad de la educación de sus representados, según lo establece el Art. 54 de la LOPNNA.

2.     Participar activamente en la educación de sus representados de acuerdo a lo establecido en la Resolución 751 emanada por el Ministerio del Poder Popular para la Educación lo establecido en el Manual de Convivencia Escolar basado en el Art. 57 de la LOPNNA.

3.     Inscribir oportunamente en el plantel a su (sus) representado(s).

4.     Velar por la asistencia diaria de sus representados a las actividades del Plantel y por el cumplimiento de las tareas y demás asignaciones.

5.     Evitar el maltrato y las comparaciones que puedan afectar la autoestima de sus hijos(as).

6.     Conocer el Manual de Convivencia del Plantel y cumplirlo y hacerlo cumplir por su representado (a). Y al momento de la inscripción leer y firmarlo.

7.     Atender recomendaciones que les formulen los miembros del personal docente y directivo del plantel acerca de sus representados, en cuanto a su comportamiento, asistencia, rendimiento estudiantil, salud, deportes, recreación, atención especial y demás aspectos del proceso educativo.

8.     Plantear a los docentes observaciones e intercambiar opiniones acerca de la actuación de sus representados cuando las circunstancias lo ameriten.

9.     Mostrar cortesía y buenos modales en el trato con los integrantes de la comunidad educativa y establecer cita previa con los docentes de acuerdo con su horario.

10. Velar que sus representados cumplan con el uso del uniforme escolar y su respectiva insignia, de acuerdo a las regulaciones pertinentes.

11. Proveer a sus representados, en la medida de sus posibilidades, de los libros y útiles escolares.

12. Demostrar lealtad con la Institución, respaldando sus decisiones, velando por su prestigio y buen nombre, evitando comentarios infundados y destructivos.

13. Acudir a las citaciones y convocatorias que le fueren formuladas por la Dirección del Plantel, de la coordinación, del personal docente, la sociedad de Padres y Representantes y demás autoridades educativas.

14. Asistir al docente de aula o al docente guía cuando la institución lo crea conveniente.

15. Estar atentos al cronograma de actividades, circulares y demás citaciones

16. Retirar el boletín del Informe Académico en la fecha y horario establecido.

17. Hacer la actualización de datos cuando sea necesario, así como informar el retiro o ausencia prolongada de la Institución.

18. En caso de inasistencia del alumno, debe enviar el justificativo correspondiente.

19. Presentar los documentos de sus representados cuando fueran requeridos por las autoridades educativas de manera oportuna (LOPNNA Art. 54).

20. Participar en los actos u otras actividades educativas programadas por el Plantel, Docente o Comunidad Educativa.

21. Desempeñar eficazmente y con sujeción al orden jurídico, los cargos o comisiones para los cuales fueron asignados en la Comunidad Educativa. Según lo establece la Resolución 751 emanada del Ministerio de educación Cultura y Deportes.

22. Asistir puntualmente a las asambleas y demás actos públicos dispuestos por las autoridades competentes o por los órganos de la Comunidad Educativa. De acuerdo al cumplimiento de la Resolución 751 emanada del Ministerio del Poder Popular para la Educación, la LOPNNA en su Art. 54 y el Manual de convivencia del Plantel.

23. Cumplir con las contribuciones, colaboraciones y demás aportes establecidos por la Asamblea General de Padres y Representantes, conforme a las disposiciones que regulen la comunidad educativa (Resolución 751 emanada del Ministerio del Poder Popular para la Educación).

24. Al momento de Çincurrir el alumno en una falta grave, el representante deberá acompañarlo de manera obligatoria dentro de la institución a sus actividades académicas durante el resto del año escolar.
25. Dar a conocer de forma oportuna a quien corresponda problemas de comportamiento observados en sus representados u otros estudiantes, para que reciban ayuda adecuada en el Plantel.

26. Informar a las autoridades educativas del Plantel acerca de cualquier irregularidad o altercado personal que le impidan cumplir su responsabilidad en el proceso educativo.

27. Valorar y acatar los correctivos impuestos a sus representados.

28. Reportar oportunamente a las Coordinadoras los cambios de dirección de su residencia y número telefónico.
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29. En caso de emergencias personales, para retirar a su representado del salón de clase, es indispensable solicitar el permiso correspondiente  a la Coordinación respectiva.

30. Cumplir con las regulaciones del ordenamiento jurídico educacional que les resulten aplicables tales como: el Manual de Convivencia Escolar, Resolución 751 emanada del Ministerio del Poder Popular para la Educación y lo establecido en el Art. 54 de la LOPNNA.

31. Cuando el representante asista a la Institución deberá hacerlo con la vestimenta apropiada, con su debida autorización o citación para ingresar al Plantel en horas de clase.

32. El representante o persona que visita la Institución Educativa debe someterse a las disposiciones siguientes:

  •       En horas de entrada y salida deben estar atentos a la integridad física de los educandos.
  •     Dejar a los alumnos(as) en la puerta principal de entrada de la Institución.
  •       No entrar al estacionamiento con los vehículos a velocidades peligrosas.
  •       Anunciarse en la puerta principal indicando el lugar a donde se dirige y la actividad a realizar dentro del Plantel. 
  •     Abstenerse de estropear, dificultar o interferir el normal desarrollo de las actividades escolares.
  •      Prohibido traer al Plantel: armas, sustancias peligrosas, explosivos, objetos cortantes u objetos que por su naturaleza representen un riesgo a la integridad física de las personas que interactúan en las instalaciones de la institución. 
  •       Respetar las normas de la moral y las buenas costumbres empleando un lenguaje apropiado.
  •       Abstenerse de fumar, ingerir bebidas alcohólicas, sustancias estupefacientes o psicotrópicas dentro del plantel.
  •       Prohibido trae al centro educativo impresos u otras formas de comunicación que produzca terror, inciten al odio, a la agresividad, la indisciplina, desorienten los objetivos pedagógicos y académicos del Plantel, así como los valores morales y cívicos de las buenas costumbres.
  •       Mantener relaciones personales, tratar a todas las personas que se desempeñen dentro y en el entorno del Plantel con respeto y cortesía. 
  •       Prohibido realizar proselitismo político dentro de la Institución.
  •       Colaborar con la conservación, limpieza y mantenimiento del local dentro de los límites de su responsabilidad.
  •       Mantener una vestimenta adecuada para asistir a la institución.
  •       Respetar y cumplir con el presente Manual de Convivencia de la Institución a fin de garantizar el orden y eficiencia del proceso educativo en el Plantel.


ARTÍCULO 25.- Son derechos de los padres y representantes:

1.     Recibir adecuadamente la prestación del servicio educativo.

2.     Participar de manera consciente, sana y crítica, con la vida institucional a través de la Asociación de Padres de Familia, Escuela de Padres y Departamento de Protección y Desarrollo Estudiantil.

3.     Formar parte de las organizaciones de la Institución (Consejo Directivo, Escuela de Padres y Familia, grupos ecológicos, culturales y/o artísticos y Departamento de Protección y Desarrollo Estudiantil).

4.     Participar en los programas de formación de padres que brinda la Institución.

5.     Participar en eventos culturales, deportivos y sociales.

6.     Tener conocimiento de las faltas de sus hijos(as) y del proceso formativo que se realice.

7.     Ser informado acerca de la organización y funcionamiento del plantel, así como del régimen docente, de evaluación y el Manual de Convivencia del Plantel.

8.     Recibir información acerca de la actuación general de su representado, así mismo solicitar información oportuna y periódica, plantear sugerencias, correctivos o reclamos siguiendo en forma respetuosa siguiendo el conducto regular establecido.

9.     Formar parte de las comisiones de trabajo y de la comunidad educativa. Según lo establecido en la Resolución 751 emanada del Ministerio de educación Cultura y Deportes.

10. Ser informado periódicamente sobre el manejo de los fondos de la Sociedad de Padres y Representantes.

11. Recibir constancia de haber asistido al Plantel para tratar asuntos relacionados con la educación de sus representados.

ARTÍCULO 26.- Los padres y representantes de los alumnos menores de edad serán civilmente responsables de los daños y deterioro que ocasionen sus representados a los bienes muebles e inmuebles del Plantel, conforme a lo previsto en el Art. 1190 del Código Civil.

TITULO V

FALTAS Y SANCIONES DE LOS PADRES Y REPRESENTANTES

ARTÍCULO 27.- Los padres y representantes incurren en falta cuando incumplen los deberes establecidos en el Artículo 24 del presente Manual de Convivencia Escolar.

ARTÍCULO 28.- De reincidir en una o varias faltas serán remitidos a las instancias respectivas, según el caso, encargadas de velar por los derechos y garantías de los niños, niñas y adolescentes, como: Defensoría Parroquial del niño, niña y adolescente, Consejo Municipal de Derecho, Consejo de Protección del Niño, Niña y Adolescente, entre otros.


11 comentarios:

  1. buenos dias quisiera saber si es mi obligacion de entregar y dejar todos los utiles en el colegio donde estudia mi hijo y que al finalizar el año ellos no me entreguen lo que no se utilizo o lo que quedo? y si es mi obligacion de comprar lapiceros marcadores para pizaron un resma de papel etc !? que para mi parecer son gastos administrativos ! que lo que ya yo compre en la lista de utiles lo deba de volver a comprar cuando mandan expociciones o trabajos para realizar en la casa porque todo esta en el colegio! mi hijo esta en 2do grado, y yo pago mensualidad porque el colegio es privado

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  2. quisiera que me aclaren esto! muchas gracias

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  3. No es obligatorio, simplemente son normas que se han impuesto en la institución y que la comunidad educativa las ha tomado como algo obligatorio, pero el consejo educativo pudiera pronunciarse sobre eso.

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  4. Quisiera saber si hay algun articulo donde los padres tienen derecho a buscar a sus hijos a a hora de la salida del colegio, porque estot teniendo problemas con mi jefa ya que solo le pido salir 10 o 5 minutos antes y me exige una carta de exposicion de motivos

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  5. Quisiera saber si hay algun articulo donde los padres tienen derecho a buscar a sus hijos a a hora de la salida del colegio, porque estot teniendo problemas con mi jefa ya que solo le pido salir 10 o 5 minutos antes y me exige una carta de exposicion de motivos

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  6. Quisiera saber si hay algun articulo donde los padres tienen derecho a buscar a sus hijos a a hora de la salida del colegio, porque estot teniendo problemas con mi jefa ya que solo le pido salir 10 o 5 minutos antes y me exige una carta de exposicion de motivos

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  7. Quiero saber q tng q hacer, estoy embarazada el papa solo meda 4000en el mes y no m le quiere dar el apellido necesito ayuda xq soy de bajos recursos

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  8. hola yo quisiera saber si a mi hijo lo golpean en la escuela cual seria el procedimiento para tratar de parar estos abusos

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  9. dónde están las faltas, que se pueden aplicar si cometes un echo que pueden ser motivo de sanción.

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  10. Quisiera saber si es legal, el hecho de dejar a mi hijo en la entrada de la escuela, si la formación la están realizando en el patio central sin poder ver, si el niño de 7 años,llega a la formación! Y que debo pedir una audiencia con la maestra para solo preguntar alguna actividad?

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